Artículo 2º: Reemplázase el artículo 1º, letra V, numeral 6 DS Nº19, de 2001, de la Secretaría General de la Presidencia por el siguiente:
    "Aprobar Convenios de investigación en el marco del programa de investigación básica o permanente para la regulación pesquera y de Acuicultura a que alude el artículo 92 A de la Ley General de Pesca y Acuicultura".