DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO AL SITIO DONDE OCURRIÓ LA MATANZA DE LO CAÑAS, UBICADO EN LA COMUNA DE LA FLORIDA, PROVINCIA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA
Núm. 204.- Santiago, 28 de mayo de 2015.
Considerando:
Que el Consejo de Monumentos Nacionales, recibió la solicitud del Honorable Diputado y actual Senador de la República, Carlos Montes Cisternas, para declarar como Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico al sitio donde ocurrió la Matanza de Lo Cañas, ubicado en el fundo El Panul, de la comuna de La Florida, provincia de Santiago, Región Metropolitana;
Que, el lugar se inserta en el denominado Fundo Panul, de propiedad de la Inmobiliaria Gesterra, terreno de más de 91,44 hectáreas ubicado en calle Av. Central s/n, en la precordillera de la comuna de La Florida;
Que la denominada Matanza de Lo Cañas, ocurrió entre el 18 y 19 de agosto de 1891, y se enmarcó en la Guerra Civil que enfrentó el gobierno y partidarios del entonces Presidente José Manuel Balmaceda, con el Poder Legislativo y sus adherentes. Se inscribió como uno de los hitos más trágicos de este enfrentamiento, junto a la Batalla de Concón, ocurrida el 21 de agosto de 1891, la Batalla de Placilla, ocurrida el 28 de agosto, la dimisión del Presidente y su suicidio. Como resultado de este conflicto bélico resultaron muertas entre 10 mil y 15 mil personas;
Que el día 18 de agosto de 1891, alrededor de 84 jóvenes se reunieron en el Fundo de Lo Cañas, propiedad del político conservador Carlos Walker Martínez, para planificar una acción armada contra el gobierno. El ejército atacó a los jóvenes, mal armados, derrotándolos con facilidad. Con la situación bajo control, al segundo día fueron capturados los jóvenes no abatidos, a quienes luego de un juicio sumario se les dio muerte en el mismo lugar;
Que el lugar donde se realizaron los fusilamientos está señalado en la actualidad con una cruz de hierro de carácter conmemorativo, ubicada por sobre la cota mil del Fundo El Panul. A unos 10 metros se ubica un muro de adobe, identificado en algunas crónicas como la pared que habría servido de paredón, información respecto de la cual no hay certeza;
Que el sitio donde transcurrieron los hechos es conocido como Bosque El Panul, que corresponde a un bosque esclerófilo, una formación vegetal autóctona característica de las zonas precordilleranas de las regiones de Valparaíso, Metropolitana y del Libertador Bernardo O'Higgins;
Que los valores que se identifican en este sitio de carácter histórico son los siguientes:
La Matanza de Lo Cañas, es uno de los hitos trágicos de la Guerra Civil de 1891, la cual constituye el mayor y más cruento enfrentamiento entre ciudadanos chilenos en su historia.
La preservación de este sitio histórico, para recordar o hacer memoria tanto de la Matanza como de la Guerra Civil de 1891, que enlutó a miles de familias chilenas, contribuye a la reflexión sobre la historia pasada del país.
En el lugar está instalada una cruz conmemorativa en recuerdo de las víctimas, hito conmemorativo que ha permitido identificar el lugar y su historia asociada, pese al tiempo transcurrido.
El lugar del hecho histórico, en un entorno natural, denominado Bosque El Panul, ha logrado perdurar en el tiempo, en la precordillera de la Región Metropolitana;
Que la presente declaratoria cuenta con el apoyo del Alcalde de la comuna de La Florida:
Que en la sesión ordinaria del 14 de enero de 2015, se aprobó por unanimidad la declaratoria de Monumento Nacional en la categoría de monumento histórico para el sitio donde ocurrió la Matanza de Lo Cañas, y
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; la Ley Nº 17.288; el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; los oficios Ord. Nº 1.061, de 16/04/2015 del Director de Bibliotecas Archivos y Museos (S); el Acta de la Sesión Ordinaria de 14 de enero de 2015 (punto 315), del Consejo de Monumentos Nacionales; los oficios Nº 248/08/2014, Nº 1335/11/2015 y Nº 37/01/2006, todos del H. Senador Carlos Montes Cisternas; el oficio Ord. Nº 468, de 26/08/2014, del Sr. Rodolfo Carter Fernández, Alcalde de la Municipalidad de La Florida y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Decreto:
Artículo único: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico al sitio donde ocurrió la Matanza de Lo Cañas, ubicado en el fundo El Panul, de la comuna de La Florida, provincia de Santiago, Región Metropolitana.
El área del polígono protegido tiene una superficie aproximada de 52.845,27 mts.², aproximadamente 5,28 ha, según se delimita por el polígono A-B-C-D-E-F-G-A del plano adjunto, que forma parte del presente decreto.
. Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Valentina Karina Quiroga Canahuate, Subsecretaria de Educación.