MODIFICA RESOLUCIÓN N° 2.804 EXENTA, DE 2015, EN LA FORMA QUE SE INDICA
Núm. 4.718 exenta.- Santiago, 19 de junio de 2015.
Considerando:
Que, en razón de las nuevas instrucciones presidenciales impartidas para promover un mejor funcionamiento de las normas sobre Participación Ciudadana en la Gestión Pública reguladas por la ley Nº 20.500, es necesario modificar algunos artículos de la resolución exenta Nº 2.804. de 2015, del Ministerio de Educación, que deroga la resolución exenta Nº 4.475, de 2011, del Ministerio de Educación y Aprueba Norma General de Participación Ciudadana del Ministerio de Educación que establece modalidades formales y específicas en el marco de la ley Nº 20.500, y
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 1, inciso 4º; 8, inciso 2º; 19 Nos 14º y 15º de la Constitución Política de la República de Chile; en la ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la Ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; en la ley Nº 20.500, sobre Participación Ciudadana en la Gestión Pública; en el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de Administración del Estado; en la resolución exenta Nº 2.804, de 2015, del Ministerio de Educación; en el decreto supremo Nº 669, de 2014, del Ministerio del Interior; en el Instructivo Presidencial para la Participación Ciudadana Nº 7, del 6 de agosto de 2014; en el oficio ordinario Nº 223, de 13 de mayo de 2015, de la Asesora del Ministro de Educación Sra. María Inés de Ferrari Zaldívar; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención de trámite de toma de razón.
Resuelvo:
Artículo único: Modifícase la resolución exenta Nº 2.804, de 2015, del Ministerio de Educación, en la forma que se indica:
A) En el artículo 5º, agrégase el siguiente inciso cuarto, pasando el actual inciso cuarto a ser el inciso quinto, y el actual inciso quinto a ser el inciso sexto.
"Respecto a los Consejos de Directores de establecimientos educacionales, como mecanismo de participación, éstos funcionarán de manera regular reuniéndose mensualmente en cada una de las regiones y se constituirán en un Consejo Consultivo de las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación, para efectos del diseño e implementación de la polílica educativa, en especial en el ámbito del fortalecimiento y desarrollo del liderazgo escolar".
B) En el inciso tercero del artículo 8º, elimínase la siguiente frase: "Para ello, las Secretarías Regionales Ministeriales deberán establecerlo en sus propias normas generales de participación ciudadana".
C) Elimínase el artículo 10º.
D) En el artículo 11°, elimínase la letra a).
E) En el artículo 27º, después de la palabra programas agregar un (.) punto aparte y eliminar la frase, "y cuentas públicas".
Anótese, públíquese y archívese.- Valentina Karina Quiroga Canahuate, Subsecretaria de Educación.