OTORGA PLAZO PARA EFECTUAR LIMPIEZA E HIGIENE EN PROPIEDAD QUE INDICA
     
    Secc. 1a Núm. 1.675.- Las Condes, 17 de junio de 2015.

    Vistos y teniendo presente:

    El ingreso Insp. Nº 9 de fecha 5 de enero de 2015; la visita efectuada por profesionales del Departamento de Inspección de la Dirección de Obras a la propiedad ubicada en Camino La Fuente Nº 1223, Rol de Avalúo 2590-64, perteneciente a la Sra. María Carolina Guzmán Nieto, Rut 7.002.785-2, con domicilio desconocido, verificando el estado de abandono, poca higiene y limpieza de la propiedad antes mencionada, el Inf. DOM Nº 158/2015 de fecha 13 de marzo de 2015 de la Directora de Obras; el artículo 2.5.1 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; lo dispuesto en los artículos 45 inciso 3º, 48 letra c) e inciso final y 49 de la ley Nº 19.880, y en uso de las facultades que me confieren los Art. 56 y 63 del DFL Nº 1 del Ministerio del Interior de fecha 9 de mayo de 2006, publicada en el Diario Oficial de 26 de julio de 2006, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

    Decreto:

    1. Otorgar un plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha de notificación del presente decreto, para efectuar la limpieza e higiene y las acciones requeridas para mantener en adecuadas condiciones la propiedad ubicada Camino La Fuente Nº 1223, Rol de Avalúo 2590-64, perteneciente a la Sra. María Carolina Guzmán Nieto, Rut 7.002.785-2, con domicilio desconocido.
    2. Si vencido el plazo otorgado, el propietario del inmueble, no hubiere dado cumplimiento al presente decreto, el Alcalde, mediante decreto alcaldicio fundado, podrá declararla Propiedad Abandonada, y asimismo podrá realizar mantenciones, higiene y limpieza de la vegetación de los predios, disponer cierros y efectuar las acciones requeridas para mantenerla permanentemente en buen estado. El costo en que el municipio incurra, se repetirá en contra del respectivo propietario.
    3. Notifíquese el decreto mediante su publicación en el Diario Oficial, los días 1º o 15 de cada mes o al día siguiente, si fuese inhábil.
    4. Incorpórese el presente decreto en la página web de la Municipalidad de Las Condes.

    Anótese, comuníquese, notifíquese, publíquese y archívese.-Francisco de la Maza Chadwick, Alcalde.- Jorge Vergara Gómez, Secretario Municipal.
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y fines consiguientes.- Jorge Vergara Gómez, Secretario Municipal.