Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional Ley Chile
  • Ingresar
  • Registrarse

¿No está registrado? Regístrese

¿Olvidó su Contraseña?

¿Ya tiene una cuenta? Ingrese

BCN
  • icono
Portada
Selección
Contacto
Búsqueda avanzada
Portada
Selección
Contacto
Cerrar Navegar Norma Cerrar
Portada
Ley 20854

Navegar Norma

Ley 20854

  • Encabezado
  • Artículo ÚNICO
  • Promulgación

Ley 20854 Firma electrónica ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE LAS AUTORIDADES DEL CONGRESO NACIONAL A RENDIR UNA CUENTA PÚBLICA ANUAL

MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

Ley 20854

Seleccione las notificaciones a registrar


Promulgación: 13-JUL-2015

Publicación: 21-JUL-2015

Versión: Única - 21-JUL-2015

Materias: Congreso Nacional, Cuenta Pública Anual, Senado, Cámara de Diputados, Senadores, Diputados, Parlamentarios

Resumen: En la presente ley se establece la obligación del Senado y la Cámara de Diputados, de dar cuenta pública anual de ... ver más >>

MODIFICACION
  • Texto
  • Versiones
  • Proyectos de Ley
Escuchar

LEY NÚM. 20.854
     
ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE LAS AUTORIDADES DEL CONGRESO NACIONAL A RENDIR UNA CUENTA PÚBLICA ANUAL
     
    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de Reforma Constitucional originado en una Moción de los Honorables Senadores señores Hernán Larraín Fernández y Andrés Zaldívar Larraín, y de los ex Senadores señores Camilo Escalona Medina y Jovino Novoa Vásquez,
     
    Proyecto de reforma constitucional
     
    "Artículo único.- Agrégase, en la Constitución Política de la República, el siguiente artículo 56 bis:
     
    "Artículo 56 bis.- Durante el mes de julio de cada año, el Presidente del Senado y el Presidente de la Cámara de Diputados darán cuenta pública al país, en sesión del Congreso Pleno, de las actividades realizadas por las Corporaciones que presiden.
    El Reglamento de cada Cámara determinará el contenido de dicha cuenta y regulará la forma de cumplir esta obligación.".".
   
 
    Por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República y ténganse por incorporadas sus disposiciones a la Constitución Política de la República, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del Artículo 129 de este cuerpo constitucional.
   
    Santiago, 13 de julio de 2015.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro Secretario General de la Presidencia.- Jorge Burgos Varela, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Patricia Silva Meléndez, Subsecretaria General de la Presidencia.
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 21-JUL-2015
21-JUL-2015
Exportar lista:

Proyecto original

1.- Establece la obligación de las autoridades del Congreso Nacional a rendir una cuenta pública anual (Boletín N° 8624-07)

Comparando Ley 20854 |

Loading...

Enlace a la parte

Acortar

Resultado de búsqueda para :

Término encontrado en la siguiente parte.
Sin resultados

Detalles Partes

Escuchar

Metadatos internos

Síguenos en:
Cuenta de X de la Biblioteca del Congreso Nacional Facebook Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Instagram de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Flickr de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Tiktok de la Biblioteca del Congreso Nacional Canal de Youtube de Biblioteca del Congreso Nacional
Políticas de privacidad Mapa del sitio Ubicación horarios y teléfonos
logo ISO-9001 logo IQNET
Creative Commons

Alternativas para descargar

  1. Descarga con Firma Electrónica Avanzada (FEA)

    - Esta opción garantiza la autenticidad e integridad del documento mediante una firma electrónica avanzada.
    - El proceso puede tardar unos momentos, ya que el documento se firma digitalmente en línea de forma automática. Le pedimos paciencia mientras se completa la operación.
  2. Descarga sin firma

    - Puede descargar el documento inmediatamente, pero sin firma electrónica avanzada.
    - Esta opción es más rápida, pero no incluye elementos de validación digital.
    Descargar ahora sin firma

Informamos a nuestros usuarios que, por inconvenientes técnicos que afectan temporalmente al Diario Oficial, las normas que deberían ser publicadas en nuestro sistema Ley Chile hoy 4 de marzo de 2025, no se encontrarán disponibles por el momento. Para su tranquilidad, Ley Chile se mantiene disponible y actualizado hasta el día de ayer.