REF.: DISPONE QUE CORFO ENTREGUE ASESORIA TECNICA QUE INDICA.

    N° 943

    SANTIAGO, 10 AGO 2000

    VISTOS : El artículo 32 número 8 de la Constitución Política de la República de Chile y el Decreto con Fuerza de Ley N° 211, de 1960.

    DECRETO

PRIMERO: La Corporación de Fomento de la Producción (CORFO), a través de su Comité Sistema Administrador de Empresas (SAE), prestará asesoría técnica al Ministerio de Hacienda en la evaluación de la gestión y el desempeño de la administración de la Empresas Publicas y de aquellas sociedades en que el Estado o sus organismos tienen participación mayoritaria, que se señalan en el presente decreto, como también, al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, para el cumplimiento de las funciones que las leyes les asignan.

SEGUNDO: A requerimiento de los Ministerio señalados, y con el fin de apoyar específicamente a la Dirección de Presupuestos en el cumplimiento de sus funciones relacionadas con las referidas Empresas Públicas y sociedades, el SAE ejecutará las siguientes actividades .

1. Validación de las declaraciones fundamentales de las empresas, relativas a su revisión y área de negocios.

2. Revisión e informe de los planes estratégicos de las empresas, para lo cual efectuará la validación de un Plan de Desarrollo acorde con lo anterior y que considere metas anuales de producción, costos, rentabilidad e inversiones.

3. Revisión e informe de los proyectos de presupuestos anuales y solicitudes de modificación presupuestaria de las empresas, previo a su presentación al Ministerio de Hacienda. Con tal objeto, entregará una opinión razonada respecto a la alineación del proyecto de presupuesto y sus modificaciones con los compromisos estratégicos y de gestión de cada empresa, como también SU opinión técnica sobre los nuevos proyectos que se propongan.

4. Informes trimestrales sobre el avance físico y financiero de proyectos en ejecución de las empresas, en concordancia con el Plan de Desarrollo definido.

5. Reportes trimestrales del cumplimiento de los indicadores de gestión de las empresas, según las metas propuestas e indicadores estándares de la industria.

6. Evaluación económica de algunos proyectos realizados por las empresas, elegidos de acuerdo a la magnitud de los recursos involucrados y a su importancia estratégica.

7. Propuesta y evaluación de los Planes de Gestión anuales de las Empresa; Públicas Portuarias.

TERCERO: El SAE asesorará en el control de gestión a los referidos Ministerios, a través de las actividades ya descritas, respecto de las Empresas Públicas y sociedades incluidas en la siguiente enumeración:

1- Empresa de Servicios Sanitarios de Tarapacá S.A.
2- Empresa de Servicios Sanitarios de Antofagasta S.A.
3- Empresa de Servicios Sanitarios de Atacama S.A.
4- Empresa de Servicios Sanitarios de Coquimbo S.A.
5- Empresa de Servicios Sanitarios del Maule S.A.
6- Empresa de Servicios Sanitarios de la Araucanía S.A.
7- Empresa de Servicios Sanitarios de Aysén S.A.
8- Empresa de Servicios Sanitarios de Magallanes S.A.
9- Zona Franca Iquique S. A.
10- Empresa de Transportes de Pasajeros Metro S.A.
11- Sociedad Agrícola y Servicios Isla de Pascua Ltda.
12- Comercializadora de Trigo S.A.
13- Empresa Nacional del Carbón S.A.
14- Polla Chilena de Beneficencia S.A.
15- Sociedad Agrícola Sacor Ltda.
16- Empresa Portuaria Arica
17- Empresa Portuaria Iquique
18- Empresa Portuaria Antofagasta
19- Empresa Portuaria Coquimbo
20- Empresa Portuaria Valparaíso
21- Empresa Portuaria San Antonio
22- Empresa Portuaria Talcahuano- San Vicente
23- Empresa Portuaria Puerto Montt
24- Empresa Portuaria Chacabuco
25- Empresa Portuaria Austral
26- Empresa de Correos de Chile
27- Empresa de los Ferrocarriles del Estado
28- Empresa de Abastecimiento de Zonas Aisladas


CUARTO: El SAE entregará trimestralmente un informe de gestión y avance de los Planes de Desarrollo de cada Empresa Publica y sociedad. Este reporte deberá incluir una evaluación de las metas en cada período, descripción y análisis del comportamiento de los indicadores relevantes y del avance de las inversiones programadas.

Los informes deberán ser evacuados dentro del mes siguiente al término de respectivo trimestre y remitidos a la Dirección de Presupuestos, al Consejo SAE у a los Directores que participen en representación del Gobierno en dichas empresas y además, al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    TÓMESE RAZÓN Y COMUNÍQUESE

    RICARDO LAGOS ESCOBAR
    PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

    CARLOS CRUZ LORENZEN
    Ministro de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones

    CLAUDIO HUEPE GARCÍA
    Ministro Secretario General de Gobierno

    JOSÉ DE GREGORIO REBECO
    Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, de Minería y Presidente de la Comisión Nacional de Minería

    NICOLÁS EYZAGUIRRE GUZMAN
    Ministro de Hacienda

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.

    Saluda atentamente a Ud.

    MARIA EUGENIA WAGNER BRIZZI
    Subsecretaría de Hacienda