La presente ley, autoriza la construcción de un monumento en memoria del exministro, abogado y defensor de los derechos humanos don Jaime Castillo Velasco.

    Artículo 4°.- Créase una Comisión Especial de ocho integrantes ad honorem encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará integrada por:

    a) El Alcalde de la comuna de Santiago o a quien designe en su representación.
    b) Diputados y senadores del distrito y circunscripción correspondiente.
    c) El Secretario Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana o a quien designe en su representación.
    d) El Intendente de la Región Metropolitana o a quien designe en su representación.
    e) Un representante de la Comisión Chilena de Derechos Humanos.
    f) El presidente del Partido Demócrata Cristiano o a quien designe en su representación.
    g) Un representante del Instituto Nacional de Derechos Humanos.
    h) Un representante de la Fundación de Documentación y Archivo de la Vicaría de la Solidaridad.