La presente ley, autoriza la construcción de un monumento en memoria del exministro, abogado y defensor de los derechos humanos don Jaime Castillo Velasco.
Artículo 6°.- Si una vez construido el monumento quedan excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados a financiar la publicación de obras con su legado y demás iniciativas literarias que la comisión determine.".