DECLARA ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE EN LA COMUNA DE TOCOPILLA

    Núm. 1.034.- Santiago, 9 de agosto de 2015.

    Vistos:

    Lo establecido en el artículo 41 y 32 número 5 de la Constitución Política de la República; en la Ley Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción N° 18.415, y en la resolución N° 1.600, de 2008 y sus modificaciones, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

    Que es de público conocimiento el sistema frontal que enfrenta toda la zona centro norte en el país.
    Que dicho sistema frontal ha afectado de manera intensificada, en relación con otras regiones del país, a la Región de Antofagasta y particularmente a la comuna de Tocopilla, provocando precipitaciones que superan en al menos seis veces a las que normalmente se producen en dicha zona.
    Que lo anterior ha generado estragos en la región, tales como el corte de energía eléctrica que ha afectado al menos a 6.903 familias. Adicionalmente se ha debido evacuar la Población 5 de Octubre de la comuna de Tocopilla por riesgo de aluvión. Además, en la misma comuna se ha debido albergar a 130 personas damnificadas por las precipitaciones. La Ruta B-1 que une la comuna de Tocopilla con Iquique, se encuentra interrumpida en varios sectores producto de desprendimiento de rocas. En el kilómetro 183 de la misma ruta, se encuentra un número indeterminado de personas aisladas. Se informa además que existen dos pasos fronterizos cerrados en la Región.
    Que el desarrollo y pronóstico del fenómeno meteorológico descrito produce, por las características pluviométricas de la Región de Antofagasta y en particular de la comuna de Tocopilla, especiales riesgos de aluvión y otros daños que previsiblemente generará la lluvia, especialmente en la infraestructura y las personas.
    Que lo anterior constituye una catástrofe que obliga a la autoridad a disponer de la fuerza militar en pos de la mantención del orden y la seguridad en la zona, así como en pos de las prontas y coordinadas acciones de recuperación de la infraestructura y de las personas dañadas por el fenómeno.
    Que todo lo descrito en los considerandos anteriores ha generado la necesidad de declaración de alerta roja por parte de la Oficina Nacional de Emergencia.
    Que la referida situación implica el requerimiento público de eficiencia y eficacia en el uso de recursos y organización de personas por parte de los servicios públicos competentes, tanto durante los procesos de control de la catástrofe, así como en la posterior recuperación de los bienes y las personas afectadas.
    Que asimismo, es necesario atender la seguridad pública en las zonas afectadas, pues se ha dispuesto la evacuación de numerosas viviendas que han quedado sin resguardo. Considerando dicha situación, debe disponerse una coordinación de los órganos competentes para evitar que cunda una situación de desorden o pánico.
    Que teniendo en cuenta lo anteriormente señalado,

    Decreto:

    Artículo primero: Declárase Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe en la comuna de Tocopilla.

    Artículo segundo: Desígnase como Jefe de la Defensa Nacional en la zona cubierta por el artículo primero del presente decreto supremo al General de Brigada don Claudio Marcelo Hernández Muñoz, rol único nacional 8.069.598-5.

    Artículo tercero: En el ejercicio de sus funciones, el Jefe de la Defensa Nacional tendrá todas las facultades previstas en el artículo 7 de la ley N° 18.415 y específicamente la prevista en el número 1 del artículo 5 de la misma ley, esto es, asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren en la zona declarada, para los efectos de velar por el orden público y de reparar o precaver el daño o peligro para la seguridad en la zona, debiendo observar las facultades administrativas de las autoridades institucionales colocadas bajo su jurisdicción, especialmente, la del Intendente de la Región de Antofagasta, el cual será la autoridad coordinadora de la ejecución de las acciones, planes y programas de rehabilitación y recuperación, tanto de los bienes como de personas afectadas por la emergencia.

    Anótese, regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Jorge Burgos Varela, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Defensa Nacional.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Subsecretario del Interior.