Art. 22. El consejo se reunirá una vez al ménos en cada semana.
    Tendrá ademas las sesiones estraordinarias a que el Rector juzgare necesario convocarlo.
    Tocará al consejo disponer todas las erogaciones que hayan de hacerse de los fondos propios de la Universidad, revisará las cuentas de sus gastos, i tomará todas las medidas de orden i economía ordinaria.