Artículo 12°.- El profesional funcionario general deDTO 595, SALUD
Art. único, g)
D.O. 04.02.1999 zona que al cabo de seis años de contrato no haya obtenido una beca o no haya optado a ella, podrá solicitar anualmente la prórroga de su contrato en la misma calidad hasta por un máximo de tres años más. Durante este período adicional, de carácter excepcional, no tendrá derecho a postular a los concursos de becas.
Art. único, g)
D.O. 04.02.1999 zona que al cabo de seis años de contrato no haya obtenido una beca o no haya optado a ella, podrá solicitar anualmente la prórroga de su contrato en la misma calidad hasta por un máximo de tres años más. Durante este período adicional, de carácter excepcional, no tendrá derecho a postular a los concursos de becas.
En el evento que se prorrogue adicionalmente el contrato, el profesional general de zona podrá permanecer en la misma localidad o ser trasladado, si las necesidades del Servicio así lo requieren, a un establecimiento de mayor complejidad, con las asignaciones que correspondan a la nueva localidad.