Artículo 6º.- Determínase que la fecha de entrada en funcionamiento de la Subsecretaría de Educación Parvularia y de la entrada en vigencia de la planta de personal que se fija en el artículo 1º del presente decreto con fuerza de ley será a contar del día primero del mes siguiente al de publicación del referido decreto con fuerza de ley.