Por medio de la presente ley se establece el pago de una asignación mensual para fortalecer al personal de planta y contrata de la autoridad sanitaria perteneciente a la Subsecretaría de Salud Pública, con el objetivo de retribuir y mejorar el cumplimiento de las responsabilidades en materia de fiscalización, incentivando la permanencia del personal en la institución.
     
    Artículo 4º.- El componente proporcional de la asignación será del 10% de la suma de las siguientes remuneraciones, según corresponda:
     
    a) Sueldo base.
    b) Asignación del artículo 19 de la ley Nº19.185.
    c) Asignación de los artículos 17 y 18 de la ley Nº19.185.
    d) Asignación del artículo 6º del decreto ley Nº1.770, de 1977.