Por medio de la presente ley se establece el pago de una asignación mensual para fortalecer al personal de planta y contrata de la autoridad sanitaria perteneciente a la Subsecretaría de Salud Pública, con el objetivo de retribuir y mejorar el cumplimiento de las responsabilidades en materia de fiscalización, incentivando la permanencia del personal en la institución.
     
    Artículo tercero.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante su primer año presupuestario de vigencia se financiará con cargo al presupuesto del Ministerio de Salud. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con esos recursos. En los años siguientes se estará a lo que considere la ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.".