1.- Modifícase el punto 1.2 del Resuelvo 1. de la resolución exenta Nº 2.753 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, por el siguiente:
"1.2 Las familias podrán participar de este llamado, retirando sus tarjetas de los SERVIU respectivos hasta el día 30 de septiembre del presente año, o hasta agotarse los recursos disponibles para este llamado, lo que será oportunamente difundido para conocimiento de los interesados. Las asignaciones se realizarán quincenalmente.".
2.- Apruébase la nómina de postulantes seleccionados con un subsidio habitacional, correspondiente a la primera quincena del mes de septiembre de 2015, de acuerdo a lo dispuesto por la resolución citada en el Visto f) de la presente resolución, nómina que se adjunta y se entenderá forma parte integrante de esta resolución, correspondiente a las regiones de Antofagasta y Atacama, de acuerdo a lo señalado en la siguiente tabla:

3.- Fíjase el monto de recursos comprometidos para el financiamiento de subsidios de reparación de viviendas del Programa de Protección al Patrimonio Familiar, Título II, para la atención de los postulantes seleccionados a que se refiere el Resuelvo 2, según la siguiente tabla:

4.- Comprométense los recursos disponibles por región para la selección correspondiente a la primera quincena del mes de septiembre de 2015, del llamado extraordinario para damnificados, ya citado, de conformidad a los montos asignados y los saldos disponibles, según la distribución señalada en el siguiente cuadro:

5.- Para los efectos de rebajar los recursos que se comprometen en esta oportunidad, se utilizará para su conversión a Unidades de Fomento el valor de la UF correspondiente al 30 de abril de 2015 ($24.754,77), según lo establecido en el Resolutivo 14 de la resolución citada en el Visto f). En consecuencia, se debe imputar a la resolución exenta Nº 2.753 (V. y U.), de 2015, un total de 16.239,30 UF, los que corresponden al subsidio directo.
6.- Publíquese en un periódico de circulación regional un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los postulantes seleccionados, conforme al número 2 de esta resolución, la que deberá contener, a lo menos, la comuna y el nombre de cada postulante con su respectiva Cédula de Identidad.