"Artículo único.- Incorpórase en el artículo 1º del decreto supremo de la Secretaría General de la Presidencia Nº 19, de fecha 22 de enero de 2001, en el Acápite VI "Ministerio de Hacienda", el siguiente numeral 28, nuevo:

    "28. Reajuste de las cantidades expresadas en dólares a que se refiere la partida 0009.0200 del Capítulo 0 Arancel Aduanero, referida a los viajeros provenientes de zona franca ,o de zona franca de extensión.".".