AUTORIZA SEÑALES ESPECIALES QUE INDICA PARA PARADAS DE BUSES DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CONCEPCIÓN
         
    Núm. 2.855 exenta.- Santiago, 1 de octubre de 2015.
     
    Vistos:
     
    Lo dispuesto en los artículos 6º y 7º de la Constitución Política de la República; en el DL Nº 557 de 1974, que crea el Ministerio de Transportes; en la ley Nº 18.059, que asigna al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el carácter de Organismo Rector Nacional de Tránsito; en el DFL Nº 1/2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.290, de Tránsito; en la ley Nº 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad; en el decreto Nº 78 de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que "Aprueba Manual de Señalización de Tránsito"; la resolución exenta Nº 2.342 de 19 de junio de 2015, de la Intendencia de la Región del Biobío, que declara constituido el Directorio de Transporte Público Metropolitano de Concepción; el oficio ord. Nº 1.285 de 18 de mayo 2015, del Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío; la resolución Nº 171, de 5 de diciembre de 2002, de la Intendencia de la Región del Biobío; y la demás normativa aplicable.
     
    Considerando:
     
    1. Que el objetivo de los Planes Maestros de Transporte Urbano es desarrollar sistemas de transporte urbano que mejoren la movilidad de las personas en las ciudades, en lo cual juega un rol importante el mejoramiento de los servicios de transporte público;
    2. Que la Planificación estratégica 2014-2018 de la Subsecretaría de Transportes, incorpora entre sus postulados, el garantizar la ejecución de medidas para mejorar la operación de los sistemas de transporte y proveer a los ciudadanos de información necesaria para el viaje;
    3. Que, por su parte, el artículo 30 de la ley Nº 20.422, citada en los Vistos, establece que "para asegurar a las personas con discapacidad la accesibilidad a todos los medios de transporte público de pasajeros, los organismos competentes del Estado deberán adoptar las medidas conducentes a su adaptación e incentivar o ejecutar, según corresponda, las habilitaciones y adecuaciones que se requieran en dichos medios de transporte y en la infraestructura de apoyo correspondiente.".
    4. Que, en la especie, los distintos planes para el transporte urbano de Concepción contemplan entre sus medidas para mejorar el transporte público, la incorporación de una señalética especial para paradas de bases en su Área Metropolitana, según se indica más adelante, la que considera, a su vez, señales adaptadas para personas con discapacidad;
    5. Que mediante oficio ord. Nº 1.285, citado en el Visto, el Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío solicita la aprobación del diseño de señales de las paradas que contienen información al usuario sobre los servicios de transporte público, dando cuenta, además, que la señalética fue observada y posteriormente aprobada por los Municipios involucrados;
    6. Que, en este sentido, el punto 2.4.5.6 del Capítulo 2 del Manual de Señalización de Tránsito indica -sobre la señal PARADA DE BUSES (IO - 3a)- que "en el caso de la implantación de sistemas de transporte público podrá utilizarse una señal de parada especial, la que puede ser instalada en un poste y/o adosada a la infraestructura del paradero respectivo, cuyas características difieran de las contenidas en este manual, previa autorización del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones";
    7. Que corresponde, en consecuencia, pronunciarse respecto a señales de parada especial distintas a las contenidas en el Manual de Señalización de Tránsito, que satisfagan las necesidades de transporte público del Área Metropolitana de Concepción, entregando mayor y mejor información a sus usuarios y facilitando a las personas con discapacidad la accesibilidad a los mismos;
    8. Que, conforme lo establece el punto 1.4 del referido Manual de Señalización, la señalización de tránsito es determinada únicamente por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, pudiendo sólo dicha autoridad crear una nueva señal o autorizar una modificación de las ya existentes.
    9. Que, por su parte, el área en que se instalarán las señales que por este acto se autoriza, será aquella definida en el artículo 2.0.1 del Plan Regulador Metropolitano de Concepción, aprobado mediante la resolución Nº 171, de 5 de diciembre de 2002, de la Intendencia de la Región del Biobío.
     
    Resuelvo:
    1º.- Autorízanse las siguientes señales especiales de Paradas de Buses para el sistema de transporte público del Área Metropolitana de Concepción:
    a) Colores de señales según destino final:

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    b) Tamaños y tipologías:

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    Por razones climáticas y para mejor orientación de los usuarios, los miniResolución 280 EXENTA,
TRANSPORTES
N° 1, 1
D.O. 11.02.2019
paneles para personas con discapacidad visual, podrán ser instalados en la estructura del refugio peatonal si las condiciones de estos lo permiten.

    c) Elementos que componen las señales:
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    d) Especificaciones tipográficas:
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    f) Mini panel-personas con discapacidad visual:

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    Anótese y publíquese.- Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Juan Matías Sime Zegarra, Jefe División Administración y Finanzas.