Artículo primero: Modifícanse los artículos tercero y cuarto del decreto supremo Nº 86, promulgado el 29 de diciembre de 2014, en los términos que siguen:
1) Reemplázase el artículo tercero por el siguiente:
"Artículo tercero: La Comisión velará para que las propuestas formuladas sean relevantes, concretas y eficaces, precisando la gradualidad para su implementación.
La Comisión resumirá su trabajo en un informe final, que deberá ser entregado a la Presidenta de la República, a más tardar, el 31 de marzo de 2016. Con todo, en el evento que a la fecha señalada no se cuente con las conclusiones definitivas que permitan la entrega del citado informe, la Comisión a través de su Secretaría Ejecutiva podrá solicitar aumento de plazo, el cual será concedido mediante oficio de la Presidenta de la República.".
2) Modifícase el artículo cuarto en cuanto a su integración, quedando finalmente la Comisión integrada por las siguientes personas:
"1) Catherine Muñoz Hermosilla, RUN 14.259.764-0, quien ejercerá las funciones de Secretaria Ejecutiva.
2) Alberto Minoletti Scaramelli, RUN 4.184.247-4.
3) Alberto Larraín Salas, RUN 15.330.796-2.
4) Judith Schönsteiner, RUN 22.895.891-3.
5) Enrique Accorsi Opazo, RUN 4.773.767-2.
6) Pamela Gutiérrez Monclus, RUN 12.881.119-2.
7) Tomás Hernández González, RUN 7.048.983-K.
8) Olga Balboa Oyarce, RUN 6.817.872-K.
9) Marcela Benavidez Muñoz, RUN 9.227.392-K.
10) Alberto Carvajal Aravena, RUN 6.441.210-8.
11) Ximena Casarejos Espinoza, RUN 6.288.643-9.
12) Víctor Dagnino Biassa, RUN 4.100.776-1.
13) Gladys Teresa Cuevas Lucar, RUN 6.666.855-K
14) Irma Iglesia Zuazola, RUN 7.853.807-4.
15) María José López Güell, RUN 10.968.159-8.
16) Valeria Valdés González, RUN 16.557.430-3.
17) Gustavo Vergara Navarro, RUN 7.251.866-7.
18) Boris Araos Cancino, RUN 10.946.079-6.
19) Andrea María Slachevsky Chonchol, RUN 7.928.113-1".