PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE CARGA EN TRAMO QUE SE INDICA
     
    Núm. 1.205 exenta.- Puerto Montt, 21 de octubre de 2015.
     
    Visto:
     
    La ley Nº 18.059, los artículos 107 y 113 del DFL Nº1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, las resoluciones Nº 39 de 1992, y 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; oficio ordinario 1-1188 de fecha 10 de septiembre de 2015, del Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Puerto Montt; Of. Nº 1059 de la Ilustre Municipalidad de Puerto Montt; ordinario Nº 800 de 26 de agosto de 2015 que da cuenta del Informe Vial Cuesta Los Espinos, emitido por la Prefectura Nº 25 de Carabineros de Chile de la Región de Los Lagos; memorándum Nº 268-01.2015 de fecha 25 de septiembre de 2015, de la Unidad de Planificación y Desarrollo de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Los Lagos.
     
    Considerando:
     
    1.- Que mediante oficio ordinario Nº 1-1188 de fecha 10 de septiembre de 2015, remitido por el Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Puerto Montt, citado en los vistos, se solicita la prohibición de tránsito de camiones de más de 5 toneladas o de doble eje por la denominada Cuesta de Los Espinillos, en atención a informe emitido por la SIAT de Carabineros de Chile, que conforme a las recomendaciones del informe referido, señala la prohibición de transitar de vehículos de gran tonelaje.
    2.- Que, de conformidad con el memorándum Nº 268-01 fecha 25 de septiembre de 2015, del Coordinador de la Unidad de Planificación y Desarrollo de la Región de Los Lagos, y que viene en recomendar fundadamente prohibir la circulación de libre tránsito de camiones de más de 5 toneladas o doble eje por la cuesta de Los Espinillos, esto en relación considerando que esta vía presenta una calzada de 7 metros y una pista por sentido, es posible advertir el problema que existe, especialmente en la cuesta Los Espinillos, los cuales poseen radios más reducidos que dificultarían la maniobra principalmente de camiones. Todo lo anterior con el riesgo y mayor probabilidad de accidentes para usuarios de vehículos motorizados y peatones.
    3.- Esta medida será de carácter transitoria, sujeta a comportamiento y congestión vial, y como una medida de mitigación, por motivo de la celebración del Mundial Sub-17 que se disputa en nuestro país y donde la ciudad de Puerto Montt es una de sus sedes.
    4.- Que, en consecuencia, existe causa justificada en los términos del artículo 113 del DFL Nº1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer la medida que se establece en la parte resolutiva el presente acto administrativo.
     
    Resuelvo:

    1º.- Prohíbase la circulación de vehículos de más de dos ejes y/o peso bruto vehicular superior a 5.000 kilos, por Cuesta Los Espinillos desde el 19 de octubre hasta el día miércoles 30 de diciembre del año 2015.
    2º.- Corresponderá a la Ilustre Municipalidad de Puerto Montt la instalación de la señalización de transito correspondiente.
    3º.- Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores fiscales, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Tránsito.
    4º.- Lo dispuesto en la presente resolución entrará en vigencia a partir de la publicación en el Diario Oficial.
 
 
    Anótese y publíquese.- Enrique Cárdenas Inostroza, Secretario Regional Ministerial Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos.