Primero: Modifícase la resolución exenta Nº 4, de fecha 7 de enero del año 2015, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, que autoriza puntos o puertos de desembarque de recursos hidrobiológicos, publicada en el Diario Oficial con fecha 21 de enero de la misma anualidad, de la manera que a continuación se indica:
a) En el Resuelvo 1, Región del Maule, modifícase lo siguiente:
- En la comuna de Licantén agrégase, a continuación del punto de desembarque "La Pesca", el punto de desembarque "Pichibudi";
- En la comuna de Constitución agrégase, a continuación del punto de desembarque "Los Pellines", el punto de desembarque "El Parrón";
b) En el Resuelvo 1, Región del Biobío, modifícase lo siguiente:
- En la comuna de Arauco, reemplázase el punto de desembarque "Tubul" por el "Muelle Artesanal de Tubul";
- Elimínase la "Comuna Cañete" y el punto de desembarque "Huentelolén";
- En la comuna de Cobquecura, elimínase el punto de desembarque "Buchupureo";
- En la comuna de Lota, elimínase el punto de desembarque "Colcura";
- En la comuna de Talcahuano, elimínase el punto de desembarque "Cantera";
- En la comuna de Tomé, elimínase el punto de desembarque "Cocholgue Caleta Chica";
- En la comuna de Lebu, reemplázase el punto de desembarque "Lebu", por el "Puerto Pesquero Artesanal de Lebu".