MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 860 EXENTA (V. Y U.) DE 2015, QUE LLAMA A POSTULACIÓN PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, PARA LA ATENCIÓN DE VIVIENDAS DEL PROGRAMA "QUIERO MI BARRIO" DE SELECCIÓN 2014. FIJA CONDICIONES PARA SU APLICACIÓN, EL MONTO DE RECURSOS DISPONIBLES Y SU FORMA DE DISTRIBUCIÓN PARA LAS COMUNAS DE OSORNO Y PUERTO MONTT DE LA REGIÓN DE LOS LAGOS
     
    Núm. 1.364 exenta.- Puerto Montt, 31 de agosto de 2015.
     
    Visto:
     
1.  El decreto supremo Nº 255, (V. y U.), de 2006 y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar y en especial lo dispuesto en su artículo 13º.
2.  La resolución Nº 533, (V. y U.), de 1997, que fija Procedimiento para Prestación de Servicios de Asistencia Técnica a Programas de Viviendas que indica, y deroga la resolución Nº 241, (V. y U.), de 1996.
3.  La circular Nº1, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, de 21 de enero de 2015, que fija programa habitacional correspondiente al año 2015.
4.  La circular Nº17, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, de 26 de mayo de 2015, que modifica metas del Programa Subsidios año 2015.
5.  La resolución exenta Nº110 (V. y U.) de 2015, que autoriza llamados a postulación para subsidios habitacionales en sistema y programas habitacionales que indica para el año 2015, entre ellos, el Programa de Protección del Patrimonio Familiar.
6.  El ordinario Nº 407 (V. y U.), de 2015, de la Ministra de Vivienda y Urbanismo que autoriza llamado regional especial del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en su Título II, Mejoramiento de Habitabilidad y Seguridad de la Vivienda, y Título II Ampliación de la Vivienda para el año 2015.
7.  El ordinario Nº 1.325 (V. y U.) de la SEREMI MINVU de la Región de Los Lagos, de fecha 21.08.2015, que remite circular con Orientaciones Específicas para la Postulación de Proyectos en el marco del Llamado Especial Regional PPPF, para viviendas del Programa de Recuperación de Barrios.
8.  La resolución exenta Nº 860 (V. y U.), de 12.06.2015, que establece el llamado a postulación para el desarrollo de proyectos del programa de protección del patrimonio familiar, para la atención de viviendas del programa "Quiero mi Barrio" de selección 2014, fija condiciones para su aplicación, el monto de recursos disponibles y su forma de distribución para las comunas de Osorno y Puerto Montt de la Región de los Lagos,
9.  La resolución exenta Nº 1.210 (V. y U.), de 11.08.2015, que modifica la resolución exenta Nº 860 (V. y U.) de 2015.
     
    Considerando:
     
a)  Que se ha estimado necesario modificar la resolución exenta Nº 860 (V. y U.), de 12.06.2015, que establece el Llamado Especial a postulación para el desarrollo de proyectos para viviendas del Programa de Recuperación de Barrios de las comunas de Puerto Montt y Osorno de la Región de Los Lagos, a fin de precisar conceptos del Llamado Especial que permitan dar real aplicación a las actuales necesidades del Programa Quiero mi Barrio en las referidas comunas, dicto la siguiente,
     
    Resolución:
     
1.  Modifícase la resolución exenta Nº 860 (V. y U.), de 12.06.2015, en la siguiente forma:
   
    1.1 Agréguese en el resuelvo 17, Nº1, luego de la frase "o autorización emanada de la SEREMI.", lo siguiente: "En este último caso, el SERVIU exigirá la correspondiente autorización emanada de la SEREMI, además de una declaración jurada del postulante en donde declare su condición de invalidez que le habilita para acceder al incremento por accesibilidad universal".
    1.2 Agréguese en el resuelvo 17. Nº3, luego de la frase "que contemplen erradicación y/o eliminación de plagas.", lo siguiente: "Para efectos del presente llamado especial, y en vista de que los estudios científicos han considerado a la humedad como el primer agente responsable de la degradación y ataques presentes en las maderas expuestas a filtraciones en las viviendas, se considerará bajo el concepto de "Plagas", cuando exista la presencia de humedad y/o hongos y/o pudrición en la vivienda, que por acción de agentes abióticos como la lluvia sobre la madera, y que por el exceso de humedad provocada por filtraciones, provoca la aparición de hongos, que con el tiempo favorecerán a la pérdida de resistencia mecánica de la madera, además de generar cambios dimensionales e incrementos de peso, posibilitando la generación de grietas y pudriciones. Por lo anterior, el SERVIU podrá considerar dicha calificación para atender a la demanda existente en las viviendas postulantes.
    1.3 Agréguese en el resuelvo 15. letra b) Nº3, luego de la frase "independiente del tramo de la comuna asociado.", lo siguiente: "Tratándose de proyectos que contemplen regularización de la vivienda, la entidad patrocinante podrá solicitar en presupuesto detallado, conforme al orden de prelación definido en este llamado especial y debidamente justificado al momento de la postulación, el incremento de las 25 UF a que hace referencia la letra b) del resuelvo 15, con cargo a un monto determinado de las 55 UF que componen el subsidio base."
   
2.  Establécese que la resolución exenta Nº 860 (V. y U.) de 12.06.2015, se mantendrá vigente en todo lo que no ha sido modificado por la presente resolución.


    Anótese, publíquese y archívese.- Eduardo Carmona Jiménez, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Los Lagos.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Ilse Urrutia Trautmann, Ministro de Fe.