Artículo 1º: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 8º y 9º de la ley Nº 20.711, el presente Reglamento regula la forma de solicitar, tramitar y otorgar apostillas en conformidad con lo establecido en la Convención de La Haya que Suprime la Exigencia de Legalización de Documentos Públicos Extranjeros, en adelante Convención de la Apostilla, y determina la forma de organización del Sistema Electrónico Único de Apostillas.