A partir del 1 de diciembre de 2015, se otorga un reajuste de un 4,1% para las remuneraciones de los trabajadores del sector público, concede aguinaldos y otros beneficios que indica.
     
    Artículo 9º.- Los aguinaldos establecidos en los artículos precedentes no corresponderán a los trabajadores cuyas remuneraciones sean pagadas en moneda extranjera.