A partir del 1 de diciembre de 2015, se otorga un reajuste de un 4,1% para las remuneraciones de los trabajadores del sector público, concede aguinaldos y otros beneficios que indica.
   
    Artículo 18.- Sustitúyese, a partir del 1 de enero del año 2016, los montos de "$310.000", "$345.000" y "$367.000", a que se refiere el artículo 21 de la ley Nº 19.429, por "$337.900.-", "$376.050.-" y "$400.030.-", respectivamente.