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Resolución 9430 EXENTA

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Resolución 9430 EXENTA

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Resolución 9430 EXENTA CONVALIDA LA ENTREGA DE RECURSOS CORRESPONDIENTES A 74 SUBSIDIOS DE LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA Y A 14 SUBSIDIOS DE LA REGIÓN DE ATACAMA, DESTINADOS AL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE REPARACION DE VIVIENDAS SEGÚN LO DISPUESTO EN LA RESOLUCIÓN Nº 2.753 EXENTA (V. Y U.), DE 2015, CORRESPONDIENTE AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL DS Nº 255 (V. Y U.), DE 2006, Y MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.753 EXENTA (V. Y U.), DE 2015, Y SUS MODIFICACIONES

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Resolución 9430 EXENTA

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Promulgación: 03-DIC-2015

Publicación: 09-DIC-2015

Versión: Única - 09-DIC-2015

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CONVALIDA LA  ENTREGA DE RECURSOS CORRESPONDIENTES A 74 SUBSIDIOS DE LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA Y A 14 SUBSIDIOS DE LA REGIÓN DE ATACAMA, DESTINADOS AL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE REPARACION DE VIVIENDAS SEGÚN LO DISPUESTO EN LA RESOLUCIÓN  Nº 2.753 EXENTA (V. Y U.), DE 2015, CORRESPONDIENTE AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL DS Nº 255 (V. Y U.), DE 2006, Y MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.753 EXENTA (V. Y U.), DE 2015, Y SUS MODIFICACIONES

    Santiago, 3 de diciembre de 2015.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 9.430 exenta.

    Visto:

a)  El DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, y sus modificaciones.
b)  El DS Nº 104, de Interior, de 1977, y sus modificaciones, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la ley Nº 16.282.
c)  La resolución exenta Nº 110 (V. y U.), de fecha 8 de enero de 2015, y sus modificaciones, que autoriza efectuar Llamados a Postulación y/o a comprometer recursos durante el año 2015 para el otorgamiento de subsidios habitacionales a través de los Sistemas y Programas Habitacionales que indica, entre otros, del Programa regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006.
d)  El DS Nº 354, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de fecha 25 de marzo de 2015, que señala como zona afectada por la catástrofe derivada del mal tiempo a la Región de Atacama y dispone medidas de carácter extraordinario que indica.
e)  El DS Nº 355 de fecha 25 de marzo y el DS Nº 357 de fecha 26 de marzo, ambos del 2015, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que señalan como zona afectada por la catástrofe derivada del mal tiempo, a las comunas de Antofagasta y Taltal, de la Región de Antofagasta, respectivamente, y disponen medidas de carácter extraordinario que indican.
f)  La resolución exenta Nº 2.753 (V. y U.), de fecha 27 de abril de 2015, modificada por las resoluciones exentas Nos 7.528, 5.925, 4.067 y 8.257, todas de Vivienda y Urbanismo de 2015, que Llama a Postulación Extraordinaria y Simplificada para la asignación de subsidios destinados al financiamiento de proyectos de reparación de viviendas correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, destinado a la atención de los damnificados de las regiones de Antofagasta y Atacama.
     
    Considerando:
     
1.  Que en las regiones de Antofagasta y Atacama, los Serviu respectivos, atendiendo la urgente necesidad de las familias damnificadas por los aluviones que afectaron a esas regiones en marzo del presente año, otorgaron recursos a familias damnificadas, posterior a la última fecha de cierre del llamado a postulación dispuesto en la resolución citada en la letra f) de los Visto de la presente resolución;
2.  Que, adicionalmente, a la fecha existen familias damnificadas por las inundaciones ocurridas en las regiones de Atacama y de Antofagasta, que manifestaron su interés de participar del llamado a postulación dispuesto en la resolución citada en la letra f) de los Visto, por lo que se hace necesario incorporar una nueva fecha de selección, dicto la siguiente
     
    Resolución:
     
1.-  Convalídese la asignación de subsidios habitacionales entregados por los Serviu de las regiones de Atacama y Antofagasta, en forma posterior a la última fecha de cierre del llamado a postulación dispuesto en la resolución exenta Nº 2.753 (V. y U.), de fecha 27 de abril de 2015, individualizados en nómina que se adjunta y se entenderá forma parte integrante de esta resolución, y que ascienden a la cantidad de beneficiarios que se señalan en la siguiente tabla:
     
     
    REGIÓN          INDIVIDUAL
    Antofagasta        74
    Atacama            14
    TOTAL              88
     
2.-  Fíjase el monto de recursos comprometidos para el financiamiento de subsidios de reparación de viviendas del Programa de Protección al Patrimonio Familiar, Título II, para la atención de las familias a que se refiere el Resuelvo 1, según la siguiente tabla:
         
    REGIÓN      SUBSIDIOS $    SUBSIDIOS EN UF
    Antofagasta  74.000.000        2.989,32
    Atacama      14.000.000          565,55
    TOTAL        88.000.000        3.554,87
     
4.-  Para los efectos de rebajar los recursos que se comprometen en esta oportunidad, se utilizará para su conversión a Unidades de Fomento el valor de la UF correspondiente al 30 de abril de 2015 ($24.754,77), según lo establecido en el Resolutivo 14 de la resolución citada en el Visto f). En consecuencia, se debe imputar a la resolución exenta Nº 2.753 (V. y U.), de 2015, un total de 3.554,87 UF, los que corresponden al subsidio directo.
5.-  Publíquese en un periódico de circulación regional, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de familias, conforme al número 1 de esta resolución, la que deberá contener a lo menos, la comuna y el nombre de cada postulante con su respectiva Cédula de Identidad.
6.-  Modifíquese la resolución exenta Nº 2.753 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, citada en el Visto f) de la presente resolución, en el siguiente sentido:
   
    Agrégase al final del punto Resolutivo 1.2, el siguiente párrafo:
   
    "No obstante lo anterior, el último día que Serviu podrá entregar tarjetas será el 21 de diciembre de 2015, aun cuando existan recursos disponibles para el llamado".

     
    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Paulina Saball Astaburuaga, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Jaime Romero Álvarez, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 09-DIC-2015
09-DIC-2015

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