PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMOS DE AV. CARRASCAL CON MOTIVO DE INSTALACIÓN DE FERIA NAVIDEÑA

     
    Núm. 5.991 exenta.- Santiago, 9 de diciembre de 2015.

    Vistos:

    La ley Nº 18.059; las resoluciones Nº 39, de 1992 y Nº 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo Nº 83 de 1985 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; la resolución exenta Nº 347, de 1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones posteriores; el Of. Alc. Nº 569/15, de Alcaldesa de Ilustre Municipalidad de Quinta Normal, de 2 de noviembre de 2015; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
     
    Considerando:
     
    1.- Que, mediante Of. Alc. Nº 569/15, de Alcaldesa Ilustre Municipalidad de Quinta Normal, de 2 de noviembre de 2015, se ha solicitado el cierre al tránsito de vehículos motorizados por calzada norte de Av. Carrascal, entre Víctor Hugo y Embajador Gómez, y calzada sur de dicha vía, entre General Brayer y La Plata, con motivo de la instalación de feria navideña entre el 10 y el 24 de diciembre de 2015, de 17:30 horas a 00:00 horas.
    2.- Que, esta Secretaría Regional, en el marco de sus facultades legales, debe disponer todas las medidas de gestión de tránsito necesarias con el objetivo de disminuir el impacto en el flujo vehicular que significará el cierre de calzada solicitado y precaver la ocurrencia de accidentes.
    3.- Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer la medida que se establece en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
     
    Resuelvo:
   
    1.- Prohíbase desde el 10 de diciembre y hasta el 24 de diciembre de 2015, la circulación de todo tipo de vehículos motorizados en Av. Carrascal, según los tramos y calzada que se indica en el siguiente cuadro:
     
     
   
     
    Podrán circular excepcionalmente en los tramos señalados, los vehículos de emergencia y aquellos vehículos que requieran ingresar o egresar desde su lugar de residencia o estacionamiento habitual.
    2.- Dese cumplimiento a las medidas de seguridad y otras condicionantes establecidas en el Anexo Nº 1, el que se entiende formar parte integrante del presente instrumento, en especial, lo relativo al plan de desvío allí dispuesto.
    3.- Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en el DFL Nº 1, de 2007, citado en Vistos.
    4.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.
   

    Anótese y publíquese.- Matías Salazar Zegers, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana.