PROMÚLGASE EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DEL REINO DE TAILANDIA
     
    Núm. 154.- Santiago, 29 de octubre de 2015.
     
    Vistos:
     
    Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República y la ley Nº 18.158.
     
    Considerando:
     
    Que con fecha 4 de octubre de 2013, se suscribió, en Bangkok, Tailandia, el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Reino de Tailandia.
   
    Que dicho Tratado fue aprobado por el H. Congreso Nacional, según consta en el oficio Nº 12.033, de 6 de agosto de 2015, de la Cámara de Diputados.
   
    Que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.5 del referido Tratado y, en consecuencia, éste entrará en vigor internacional el 5 de noviembre de 2015.
     
    Decreto:
     
    Artículo único: Promúlgase el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Reino de Tailandia, suscrito el 4 de octubre de 2013, en Bangkok, Tailandia; cúmplase y publíquese en la forma establecida en la ley Nº 18.158.

    Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.- Rodrigo Valdés Pulido, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.