En la presente ley, se crea la Subsecretaría de Derechos Humanos, para asesorar y colaborar en la elaboración de planes, programas y toma de decisiones de dicha materia y modifica la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia.
Artículo noveno.- Mientras no entre en vigencia el articulado permanente de la ley N° 20.820, integrará el Comité Interministerial de Derechos Humanos a que se refiere el artículo 11, el Ministro Director del Servicio Nacional de la Mujer.".