DEJA SIN EFECTO LA DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA QUE INDICA
     
    Núm. 1.736.- Cartagena, 29 de abril de 2015.
     
    Vistos:
     
    1. La Sesión Constitutiva del H. Concejo Municipal de fecha 6 de diciembre de 2012, donde se proclama Alcalde de la comuna de Cartagena a don Luis Rodrigo García Tapia;
    2. El decreto alcaldicio Nº 2.065 de fecha 6 de diciembre de 2012, por el que don Luis Rodrigo García Tapia asume el cargo de Alcalde de la comuna de Cartagena;
    3. El decreto alcaldicio Nº 524 de fecha 6 de febrero de 2015, por el que se modifica la subrogancia de la Secretaría Municipal;
    4. El artículo transitorio de la ley 20.791, publicada en el D.O. el 29.10.2014, que permite resolver incongruencias entre las vías existentes y las proyectadas en los Planes Reguladores vigentes o en elaboración;
    5. La circular de la DDU Nº 279 del Minvu que informa sobre la aplicación del Artículo Transitorio de la ley 20.791;
    6. Las disposiciones legales, normas de procedimientos y transparencia, que están reglamentadas en la Ley Nº 20.285/2008 de Transparencia de la función pública;
    7. Las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones.
     
    Decreto:
     
    1. Déjese sin efecto la declaratoria de Utilidad Pública que surge de la aplicación de la ley 20.791 de acuerdo al procedimiento establecido en el Artículo Transitorio de dicha ley, para los tramos viales, ensanches y áreas verdes incluidos en la nómina siguiente:
     
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    Anótese, regístrese, comuníquese y archívese.- Luis Rodrigo García Tapia, Alcalde.- Claudia Urra Rojas, Secretaria Municipal (S).