REEMPLAZA COMO NORMAS OFICIALES DE LA REPÚBLICA DE CHILE LAS NORMAS TÉCNICAS QUE INDICA
     
    Santiago, 11 de enero de 2016.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 5 exento.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en el artículo 4º del DL Nº 1.305 de 1975; el DFL Nº 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el dictamen Nº 012691, de 20 de marzo de 2008, de la Contraloría General de la República, por el cual señaló que estos decretos no están afectos al trámite de toma de razón,
     
    Considerando:
     
    a) Que el numeral 3º del artículo 2º de la Ley 16.391, que Crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, dispone como una de sus funciones la de "Dictar ordenanzas, reglamentos e instrucciones generales sobre urbanización de terrenos, construcción de viviendas, obras de equipamiento comunitario, desarrollo y planificación urbanos y cooperativas de vivienda".
    b) Que el artículo 4º del DL Nº 1.305, de 1975, que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, establece en su inciso primero que "Corresponderá al Ministerio formular y supervigilar las políticas nacionales en materia habitacional y urbanística y las normas técnicas para su cumplimiento, como asimismo la administración de los recursos que se le hayan entregado y la coordinación y evaluación metropolitana y regional en materia de vivienda y urbanismo".
    c) Que, a su turno, el DFL Nº 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, en su artículo 2º, al definir los niveles de acción de la legislación de carácter general establecida por ella, señala como uno de ellos "Las Normas Técnicas, que contienen y definen las características técnicas de los proyectos, materiales y sistemas de construcción y urbanización, de acuerdo a los requisitos de obligatoriedad que establece la Ordenanza General. Las normas técnicas de aplicación obligatoria deberán publicarse en internet y mantenerse a disposición de cualquier interesado de forma gratuita".
    d) Que, adicionalmente, el artículo 3º de la misma Ley General, establece en su inciso quinto la facultad de este Ministerio de "aprobar por decreto supremo las Normas Técnicas que confeccionare el Instituto Nacional de Normalización y los Reglamentos de Instalaciones Sanitarias de Agua Potable y Alcantarillado, y de Pavimentación", agregando para este último caso que estos decretos supremos se dictarán por el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, por orden del Presidente de la República.
    e) Que, en virtud de lo señalado, fueron declaradas Normas Oficiales de la República de Chile las Normas que se singularizan a continuación, las que por este acto son reemplazadas por las que se señalan.
     
    Decreto:
     
    1º.- Reemplácense las Normas Oficiales de la República de Chile que se indican a continuación, por las que se singularizan correlativamente, y apruébense estas últimas y declárense como Normas Oficiales de la República de Chile, las que se adjuntan al presente decreto y se entenderán formar parte integrante del mismo:

a)  NCh2457.Of2001 Materiales de construcción y aislación -Determinación de la permeabilidad al vapor de agua (humedad), declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 57 de fecha 7 de mayo de 2001, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 14 de junio de 2001.
     
    Es reemplazada por:
     
    NCh2457:2014 Prestaciones higrotérmicas de los productos y materiales para edificios - Determinación de las propiedades de transmisión de vapor de agua.
     
b)  NCh2251.Of1994 Aislación térmica - Requisitos de rotulación de materiales aislantes, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 54 de fecha 18 de marzo de 1994, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 12 de abril de 1994.
     
    Es reemplazada por:
     
    NCh2251:2010 Aislación térmica - Requisitos de rotulación de materiales aislantes.
     
c)  NCh1170.Of1977 Hormigón - Ensayo de tracción por hendimiento, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 52 de fecha 17 de enero de 1977, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
     
    Es reemplazada por:
     
    NCh1170:2012 Hormigón - Ensayo de tracción por hendimiento.
     
d)  NCh1171/1.Of2001 Hormigón - Testigos de hormigón endurecido - Parte 1: Extracción y ensayo, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 123 de fecha 27 de junio de 2001, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 26 de julio de 2001.
     
    Es reemplazada por:
     
    NCh1171/1:2012 Hormigón - Testigos de hormigón endurecido - Parte 1: Extracción y ensayo.
     
e)  NCh1498.Of1982 Hormigón - Agua de amasado - Requisitos, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 121 de fecha 28 de julio de 1982, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 12 de agosto de 1982.
     
    Es reemplazada por:
     
    NCh1498:2012 Hormigón y mortero - Agua de amasado -Clasificación y requisitos.
     
f)  NCh2182.Of1995 Hormigón y mortero - Aditivos - Clasificación y requisitos, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 22 de fecha 21 de febrero de 1995, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 22 de marzo de 1995.
     
    Es reemplazada por:
     
    NCh2182:2010 Hormigón y morteros - Aditivos - Clasificación y requisitos.
     
g)  NCh163.Of1979 Áridos para morteros y hormigones - Requisitos generales, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 353 de fecha 31 de agosto de 1979, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 1 de octubre de 1979.
     
    Es reemplazada por:
     
    NCh163:2013 Áridos para morteros y hormigones - Requisitos.
     
h)  NCh1116.Of1977 Áridos para morteros y hormigones - Determinación de la densidad aparente, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 52 de fecha 17 de enero de 1977, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
     
    Es reemplazada por:
     
    NCh1116:2008 Áridos para morteros y hormigones - Determinación de la densidad aparente.
     
i)  NCh819.Of2009 Madera preservada - Pino radiata - Clasificación según uso y riesgo en servicio y muestreo, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº735 de fecha 22 de octubre de 2009, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 30 de octubre de 2009.
     
    Es reemplazada por:
     
    NCh819:2012 Madera preservada - Pino radiata - Clasificación según riesgo de deterioro en servicio de muestreo.
     
l)  NCh2148.Of1989 Madera laminada encolada estructural -Requisitos e inspección, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 71 de fecha 21 de junio de 1989, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 19 de julio de 1989.
     
    Es reemplazada por:
     
    NCh2148:2013 Madera laminada encolada estructural - Requisitos métodos de muestreo e inspección.
     
    2º.- El presente decreto se publicará en el Diario Oficial, y las normas identificadas en él tendrán vigencia a partir de la fecha de dicha publicación. El texto íntegro de las normas será publicado en documento del Instituto Nacional de Normalización.
    3º.- El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de dichas normas, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República y, además, proporcionar gratuitamente el mismo número de ejemplares al Ministerio de Vivienda y Urbanismo y a la Biblioteca Nacional.



NOTA
      El numeral 5 del Decreto N° 63 Exento, Vivienda, publicado el 11.08.2025, modifica la presente norma, en el sentido de dejar sin efecto la declaración como Norma Oficial de la República de Chile la NCh163:2013 Áridos para morteros y hormigones - Requisitos, una vez cumplido el plazo de seis meses consignado en el resuelvo N° 2 del citado decreto, esto es, a partir del 12.02.2026.
     
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República.- Paulina Saball Astaburuaga, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Jaime Romero Álvarez, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.