AUTORIZA A LLAMAR A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL D.S. Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, CUYO TEXTO FUE REEMPLAZADO POR EL ARTÍCULO PRIMERO DEL D.S. Nº 105 (V. Y U.), DE 2014, PARA FAMILIAS DE LA COMUNA DE CONCEPCIÓN, EN LA REGIÓN DEL BIOBÍO
Santiago, 18 de enero de 2016.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 269 exenta.
Visto:
a) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, cuyo texto fue reemplazado por el Artículo Primero del DS Nº 105 (V. y U.), de 2014, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en especial lo dispuesto en el Artículo 21, relativo a la realización de llamados a concurso en condiciones especiales;
b) La resolución exenta Nº 9.987 (V. y U.), de fecha 22 de diciembre de 2015, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2016 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011;
c) El Ord. Nº 2.897, de fecha 11 de diciembre de 2015, del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Biobío, en el que solicita autorización para efectuar un llamado en condiciones especiales del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, para familias que formen parte de proyectos habitacionales del sector Aurora de Chile, de la comuna de Concepción, y
Considerando:
a) Que la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Biobío, se encuentra desarrollando el diseño del Plan de Regeneración Urbano Habitacional para el Sector Aurora de Chile, en la comuna de Concepción. Este Plan, se orienta al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del sector y a dar cumplimiento al plan de obras de infraestructura de regeneración urbana y la integración física y social de la ciudad hacia la ribera norte del río Biobío.
b) Que entre las obras de infraestructura, reviste especial urgencia y prioridad regional, la construcción del puente Bicentenario a cargo del Ministerio de Obras Públicas, el cual se proyecta por la faja donde actualmente residen familias del sector Aurora de Chile, comuna de Concepción.
c) Que a través del oficio citado en el Visto c), se solicita autorización para realizar un Llamado Regional en Condiciones Especiales, que permita seleccionar proyectos habitacionales destinados a las familias que forman parte del catastro de familias que viven en el sector incluido en el Plan de Regeneración Urbano Habitacional para el Sector Aurora de Chile u otras familias en condición especial de vulnerabilidad sociohabitacional que se asociarán a dichos proyectos otorgándoles factibilidad técnica, tendiente a liberar la faja en que se construirá el puente Bicentenario y generar las condiciones para los proyectos habitacionales de radicación en el sector.
d) Que para despejar el sector que ocupará el Puente Bicentenario y generar las condiciones para los proyectos habitacionales de radicación en el sector Aurora de Chile, de la comuna de Concepción, es necesario que en el Llamado a Concurso a realizar, se contemplen determinadas excepciones, referidas a requisitos y a condiciones de postulación para las familias y los proyectos. Específicamente se solicita eximir y/o ampliar el plazo para completar el monto de ahorro, permitir la postulación de personas que no acreditan núcleo familiar y no cuentan con las excepciones que para esos efectos se contemplan en la normativa, eximir del puntaje de carencia habitacional de la Ficha de Protección Social o del instrumento de caracterización socioeconómica que lo reemplace y permitir que los montos de subsidios superen los montos reglamentarios, dicto la siguiente
Resolución:
1. Autorízase a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Biobío para llamar a concurso en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales destinados para la atención de familias del sector Aurora de Chile, de la comuna de Concepción, del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en la alternativa de postulación colectiva con proyecto, modalidad Construcción en Nuevos Terrenos, por un monto total de 341.827 Unidades de Fomento, a realizarse durante el primer semestre del año 2016.
2. Autorízase a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Biobío para establecer las siguientes condiciones especiales requeridas para la participación de las familias en el llamado que se autoriza a través del Resuelvo precedente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 del DS Nº 49 (V. y U.), de 2011:
a. Aumentar el monto de subsidio base señalado en el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, para la comuna de Concepción, hasta el monto de 730 Unidades de Fomento.
b. Eximir a las personas postulantes, pertenecientes al sector Aurora de Chile, de la comuna de Concepción, de lo dispuesto en los artículos 3, letra c), 37, 38 y 39, del DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, relativos al monto de ahorro mínimo para postular.
c. Eximir a las personas postulantes, que no pertenecen al sector Aurora de Chile, de la comuna de Concepción, de lo dispuesto en los artículos 3, letra c), 37, 38 y 39, del DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, relativos al ahorro, así como para autorizarlas a enterar el monto de ahorro mínimo dispuesto en el artículo 37 del DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, hasta el momento previo a la recepción de las viviendas.
d. Eximir a las personas postulantes, de lo dispuesto en la letra h) del artículo 4 del DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, establecido para personas que no acreditan núcleo familiar.
e. Eximir a las personas postulantes, de lo establecido en la letra g) del artículo 3 del DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, referido al puntaje de carencia habitacional de la Ficha de Protección Social, o del instrumento de caracterización socioeconómica que lo reemplace, permitiendo que el puntaje sea mayor al puntaje de corte establecido en el artículo 1 de dicho reglamento.
3. A la fecha del cierre del llamado en condiciones especiales que se autoriza para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en la alternativa de postulación colectiva con proyecto, en la modalidad de Construcción en Nuevos Terrenos, de la comuna de Concepción, los proyectos asociados a las personas postulantes deben contar con Certificado de Calificación Definitiva o Condicional.
4. El número de proyectos seleccionados alcanzará hasta el número de subsidios susceptibles de financiar con los recursos previstos para el presente concurso, incluidos sus respectivos servicios de asistencia técnica, fiscalización técnica de obras y los subsidios complementarios, si corresponde.
5. Mediante resolución de la Secretaría Regional Ministerial de la Región del Biobío, que se deberá publicar en el Diario Oficial, se aprobará la nómina de las familias integrantes de los proyectos seleccionados, la que deberá ser informada a la División de Política Habitacional de este Ministerio. Dicha resolución deberá ser cursada a más tardar el día 30 de junio de 2016Resolución 928 EXENTA,
VIVIENDA
N° 1
D.O. 16.02.2016. La difusión de dicha nómina deberá realizarse en un periódico de circulación regional o nacional u otro medio de comunicación pública.
VIVIENDA
N° 1
D.O. 16.02.2016. La difusión de dicha nómina deberá realizarse en un periódico de circulación regional o nacional u otro medio de comunicación pública.
6. Impútase el monto de 341.827 Unidades de Fomento asignado en esta resolución, a los recursos autorizados a la Región del Biobío, para el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda del año 2016.
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Paulina Saball Astaburuaga, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- José Luis Sepúlveda Soza, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).