El permiso postnatal parental perfecciona entre algunas cosas que la madre recibirá el total de su remuneración y el ejercicio del derecho a la sala cuna para los funcionarios públicos.
     
    "Artículo 1º.- Modifícase el artículo 6º de la ley Nº 20.545, que modifica las normas sobre protección a la maternidad e incorpora el permiso postnatal parental en el siguiente sentido:
     
    1. Suprímense en su inciso primero la frase "y al subsidio que éste origine" y el párrafo que sigue al punto seguido, que pasa a ser punto aparte.
    2. Elimínanse en su inciso segundo las siguientes oraciones: "A este permiso no le será aplicable lo dispuesto en el artículo 153 del decreto con fuerza de ley Nº1, del Ministerio de Salud, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº18.933 y Nº18.469." y "Para ello podrá considerar la escala de remuneraciones y el grado que ella detente, entre otros factores.".
    3. Suprímense los incisos tercero y cuarto.