El permiso postnatal parental perfecciona entre algunas cosas que la madre recibirá el total de su remuneración y el ejercicio del derecho a la sala cuna para los funcionarios públicos.
     
    Artículo 9º.- Intercálase en el artículo 18 del decreto ley Nº3.529, de 1980, del Ministerio de Hacienda, a continuación de las palabras "licencia maternal", la expresión ", a permiso postnatal parental".