Artículo 9º. Presentación de la solicitud. Para realizar actividades de acuicultura la organización deberá presentar a la Subsecretaría o al Director Zonal correspondiente al área de manejo, una solicitud junto con el proyecto técnico AAMERB que cumpla con los requisitos señalados en el presente Reglamento y el certificado de la Capitanía de Puerto conforme lo indicado en el artículo 10 letra f) de este reglamento. Para estos efectos, la Subsecretaría pondrá a disposición de las organizaciones solicitantes los formularios correspondientes.
    La solicitud y el proyecto técnico AAMERB podrán presentarse desde la fecha de la resolución que aprueba el convenio de uso entre la organización solicitante y el Servicio y deberá encontrarse al día en la entrega de los informes de seguimiento en los casos que corresponda.