MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 462/2007 EXENTA, DE SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN METROPOLITANA EN EL SENTIDO QUE SE INDICA
     
     
    Núm. 479 exenta.- Santiago, 22 de enero de 2016.
     
    Vistos:
     
    La ley Nº18.059; las resoluciones Nº 39, de 1992 y Nº 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 2, 107 y 113 del DFL Nº1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo Nº 83, de 1985 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; la resolución Nº 117, de 2003, del citado Ministerio, que aprueba "Bases de Licitación Transantiago 2003"; la resolución exenta Nº 462, de 2007, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, que Establece en Vías de la Ciudad de Santiago Pistas de Uso Exclusivo para Vehículos que Indica; Ord. SM/AO Nº294, de 14 de enero de 2016, y de esta Secretaría Regional Ministerial; Estudio Técnico "Implementación de pista solo buses comuna de Santiago" del Directorio de Transporte Público Metropolitano (DTPM); la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
     
    Considerando:
     
    1.- Que, el numeral 35) del artículo 2 del citado DFL Nº 1 de 2007, establece que las pistas de uso exclusivo son espacios de la calzada, debidamente señalizados, destinados únicamente al uso de ciertos vehículos, determinados por la autoridad correspondiente.
    2.- Que, conforme a análisis de flujos realizados por el Directorio de Transporte Público Metropolitano, se comprueba que ejes viales relevantes para los servicios de transporte público, atendida su continuidad y conectividad, tales como Blanco Encalada, Compañía, Mapocho, Merced y Monjitas, presentan altos niveles de congestión, lo que provoca que la velocidad promedio de los servicios involucrados desciendan paulatinamente, por lo que resulta necesario implementar medidas de gestión de tránsito que den prioridad a la circulación de dichos servicios.
    3.- Que, por lo anterior resulta conveniente incorporar pistas de uso exclusivo de buses en dichos ejes, lo que en definitiva permitirá disminuir los tiempos de viajes de los usuarios que circulan por los ejes.
    4.- Que, en consecuencia existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, citado en el Visto, para disponer la medida que se establece en el resuelvo del presente acto administrativo.
     
    Resuelvo:
     
    1. Modifícase la tabla contenida en el Resuelvo Nº 1, de la resolución exenta Nº 462, de 23 de febrero de 2007, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, agregándose, al final, las siguientes filas:
     
    Blanco Encalada    Viel              Exposición        O-P
    Blanco Encalada    Exposición        Viel P-O
    Compañía          Matucana          Manuel Rodríguez  P-O
    Mapocho            Matucana          Almirante Barroso P-O
    Merced            José Miguel      Irene Morales    P-O
                      de la Barra
    Merced-Monjitas    Vicuña Mackenna  José Miguel      O-P
                                        de la Barra
     
    2. La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.

 
    Anótese y publíquese.- Matías Salazar Zegers, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana.