La presente Ley mejora la prestación del servicio educativo y las condiciones laborales de los trabajadores de la educación. También impulsa modificaciones a la institucionalidad educativa. Facilita la reconstrucción de establecimientos educacionales que se encuentran en mal estado.

    Artículo transitorio.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el primer año presupuestario de vigencia se financiará con cargo a la partida presupuestaria del Ministerio de Educación y, en lo que faltare, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público.".