Artículo 1º.- Modifícase el decreto Nº415 de 2011, del Ministerio de Hacienda en el siguiente sentido:
     
1)  Reemplázase la letra b) de su artículo 3º por la siguiente: "b) Al Ministerio de Desarrollo Social: El quintil al que pertenecen los cónyuges, de acuerdo a la Calificación Socioeconómica establecida en el artículo 33 del Reglamento del artículo 5º de la ley Nº20.379 y del artículo 3º de la letra f) de la ley Nº20.530, aprobado por el decreto Nº22 de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, para los efectos del artículo 5º del presente reglamento, y si los cónyuges pertenecen al mismo hogar de acuerdo a la información contenida en el Registro Social de Hogares, establecido en el referido decreto. En el caso que el solicitante sea el viudo o la viuda, verificará si se encuentra dentro del umbral de focalización señalado en el artículo antes mencionado.".
     
2)  Reemplázase el inciso primero del artículo 4º, por el siguiente: "El requisito de residencia en común, establecido en la letra e) del artículo 1º de la ley Nº 20.506, se acreditará mediante la información contenida en el Registro Social de Hogares, a que se refiere el reglamento del artículo 5º de la ley Nº 20.379 y del artículo 3º de la letra f) de la ley Nº 20.530, aprobado por el decreto Nº22 de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social.".
     
3)  Reemplázase el artículo 5º, por el siguiente: "Para efectos de determinar si los cónyuges o el viudo o la viuda cumplen con el requisito de integrar un hogar perteneciente a los cuatro primeros quintiles establecido en la letra e) del artículo 1º de la ley Nº20.506, el Instituto de Previsión Social deberá verificar que los solicitantes cumplen con esta condición, de conformidad con lo establecido por la Calificación Socioeconómica a que se refiere el artículo 33 del reglamento del artículo 5º de la ley Nº20.379 y del artículo 3º letra f) de la ley Nº 20.530, aprobado por el decreto Nº 22 de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, a la fecha de presentación de la solicitud para acceder al bono.".