La presente ley establece un memorial en la Isla Juan Fernández, en recuerdo de las víctimas del accidente aéreo ocurrido el 2 de septiembre de 2011.

    Artículo 2º.- La obra se financiará mediante erogaciones obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas se efectuarán en las fechas que determine la Comisión Especial a que se refiere el artículo 4º.