MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 462/2007 EXENTA, DE 2007, DE SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN METROPOLITANA EN LOS SENTIDOS QUE SE INDICAN
     
    Núm. 913 exenta.- Santiago, 26 de febrero de 2016.
     
    Vistos:
     
    La ley Nº 18.059; las resoluciones Nº 39, de 1992 y Nº 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 2, 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo Nº 83, de 1985 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; la resolución exenta Nº 462, de 2007, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, que Establece en Vías de la Ciudad de Santiago Pistas de Uso Exclusivo para vehículos que indica; Estudios Técnicos sobre: "Implementación de pista solo buses en comunas de Estación Central, Independencia, Quinta Normal, San Bernardo y Renca", de febrero de 2016, del Directorio de Transporte Público Metropolitano (DTPM); la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
     
    Considerando:
     
    1.- Que, el numeral 35) del artículo 2 del citado DFL Nº 1 de 2007, establece que las pistas de uso exclusivo son espacios de la calzada, debidamente señalizados, destinados únicamente al uso de ciertos vehículos, determinados por la autoridad correspondiente.
    2.- Que, conforme a estudios técnicos de DTPM, citados en el Visto, se ha verificado que en vías relevantes para los servicios de transporte público, atendida su continuidad y conectividad, tales como, Arica, Andes, Mapocho, Colón, Santos Dumont, José Manuel Balmaceda y Domingo Santa María, entre otras, existen altos niveles de congestión, lo que provoca que la velocidad promedio de los servicios involucrados descienda progresivamente, por lo que resulta necesario implementar medidas de gestión de tránsito que den prioridad a la circulación del transporte público mayor.
    3.- Que, por lo anterior resulta conveniente incorporar pistas de uso exclusivo para buses de transporte público urbano en dichas vías o ejes, de manera de aumentar su velocidad de circulación y así disminuir los tiempos de viaje de los pasajeros.
    4.- Que, por otra parte, es pertinente conciliar la prioridad que se otorga al transporte público urbano prestado mediante buses, con las autorizaciones ya otorgadas y que se entreguen a futuro a servicios rurales e interurbanos de transporte público de pasajeros, para circular en zona urbana en tramos donde se han implementado pistas de uso exclusivo para buses urbanos (Transantiago).
    5.- Que, en consecuencia existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº1, de 2007, citado en el Visto, para disponer la medida que se establece en el resuelvo del presente acto administrativo.
     
    Resuelvo:
     
    1.- Modifícase la resolución exenta Nº 462, de 23 de febrero de 2007, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, en los siguientes sentidos:
    a) Agréganse al final del cuadro contenido en el numeral 1.- del Resuelvo, las siguientes nuevas filas:
     
     
     
Arica      5 de Abril        Exposición        P-O
Arica      Exposición        5 de Abril        O-P
Andes      Matucana          Antonio Ebner    O-P
Mapocho    Joaquín
            Walker
            Martínez          Matucana          P-O
Colón      Escanilla          Av. Independencia P-O
Escanilla  Gamero            Colón            N-S
Gamero      Av. Independencia  Fermín Vivaceta  O-P
Gamero      Fermín Vivaceta    Escanilla        P-O
Santos
Dumont      Av. La Paz        Av. Idependencia  O-P
Freire      Esmeralda          Balmaceda        S-N
Urmeneta    Francisco Aranda  San José          N-S
José        Estrecho de        Nicador Fajardo  O-P
Manuel      Magallanes
Balmaceda 
Estrecho de Av. Domingo        José Manuel      O-P
Magallanes  Santa María        Balmaceda
Av. Domingo Nicanor Fajardo    Senador Jaime    P-O
Santa María                    Guzmán
Av. Domingo Senador Jaime      Estrecho de      O-P
Santa María Guzmán            Magallanes 

    b) Reemplázase la letra d) del numeral 2º del Resuelvo, por la siguiente:
     
    "d) Buses de transporte público de pasajeros rurales e interurbanos por aquellas vías o ejes indicados en el cuadro del Resuelvo precedente, que aparezcan en sus certificados de inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros como parte de su trazado autorizado en zona urbana".
    2. La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.

     
    Anótese y publíquese.- Matías Salazar Zegers, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana.