Artículo primero.- Modifícase el DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, en la siguiente forma:
     
1.  Agrégase al inciso primero del Artículo 16 la siguiente letra p):
    "p) Tratándose de postulantes o su cónyuge o conviviente civil que sean funcionarios de las Plantas de Suboficiales y Gendarmes, o de Profesionales, de Técnicos, de Administrativos y de Auxiliares, de Gendarmería de Chile, para optar al puntaje establecido en el literal a) de los Artículos 65 y 68 de este reglamento, deberán adjuntar Certificado que acredite su calidad de funcionario y que sus labores permanentes se desarrollan al interior de recintos penitenciarios, otorgado por Gendarmería de Chile.".

2.  Agrégase, antes del último párrafo de la letra a) del Artículo 65, el siguiente acápite:
    "40 puntos adicionales si el postulante o su cónyuge, o conviviente civil, que son funcionarios de Gendarmería de Chile, certificada esta situación conforme a lo indicado en la letra p) del artículo 16. Este puntaje será incompatible con el de cumplimiento de Servicio Militar.".

3.  Agrégase a la letra a) del Artículo 68 el siguiente acápite:
    "40 puntos adicionales si el postulante o su cónyuge, o conviviente civil, que son funcionarios de Gendarmería de Chile, certificada esta situación conforme a lo indicado en la letra p) del artículo 16. Este puntaje será incompatible con el de cumplimiento de Servicio Militar.".