Artículo tercero.- Modifícase el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, en la siguiente forma:

1.  Agrégase al Artículo 16 la siguiente letra i):
    "i) Tratándose de postulantes o su cónyuge o conviviente civil que sean funcionarios de las Plantas de Suboficiales y Gendarmes, o de Profesionales, de Técnicos, de Administrativos y de Auxiliares, de Gendarmería de Chile, para optar al puntaje establecido para esos efectos en la letra i. del artículo 25, deberán adjuntar Certificado que acredite su calidad de funcionario, el lugar de desempeño de sus funciones y que éstas se desarrollan de manera permanente al interior de recintos penitenciarios, otorgado por Gendarmería de Chile.".

2.  Insértase la siguiente letra i. al Artículo 25, pasando las actuales letras i., j. y k. a ser j., k. y l. respectivamente:
    "i. 40 puntos adicionales si el postulante o su cónyuge, o conviviente civil, que son funcionarios de Gendarmería de Chile, certificada esta situación conforme a lo indicado en la letra i) del artículo 16. Este puntaje será incompatible con el de cumplimiento de Servicio Militar.".