DECRETA Y DEROGA NORMAS OFICIALES DE LA REPÚBLICA DE CHILE

    Núm. 74 exento.-

    Santiago, 14 de marzo de 2016.

    Vistos:

    El ordinario Nº 969 del Director General de Obras Públicas, de fecha 17 de agosto de 2011; el manual de procedimiento para oficialización de Normas Chilenas por el MOP; el acta de acuerdo del Comité Interno de Oficialización de Norma del MOP (CION), del 29 de octubre de 2015; lo dispuesto en el artículo 5 letra c) del DFL MOP Nº 850, de 1997 (Ley Orgánica del MOP); la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y el DS Nº19 de fecha 22 de enero de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y

    Considerando:

    1. Que, conforme a lo señalado por el Manual de procedimiento para oficialización de Normas Chilenas por el MOP, corresponde al Comité Interno de Oficialización de Normas del MOP (CION) analizar la pertinencia, y recomendar la aceptación o rechazo de la Oficialización de Normas Nacionales.

    2. Que, las normas técnicas detalladas en el artículo 1º del presente decreto y que se proponen declararlas como Normas Chilenas Oficiales, han sido estudiadas en el Instituto Nacional de Normalización (INN), conforme a los procedimientos y etapas establecidos por ese Instituto y aprobadas por el Consejo del INN, según se explicita en el último párrafo del Preámbulo del texto de la norma.

    3. Que, además resulta necesario derogar algunas Normas Oficiales, en razón de que su contenido ya no es aplicable en el ámbito del desarrollo de Infraestructura Pública o Privada.

    4. Que, a la materia que se decreta en este Acto Administrativo le es aplicable la normativa referente a la firma de los Ministros de Estado por "Orden del Presidente de la República", consagrada en el DS Nº19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, puesto que su delegación se encuentra contemplada en el numeral 11, del artículo 1º; Acápite IV - Ministerio de Obras Públicas, de este cuerpo de normas sobre delegación entregada a los Secretarios de Estado, el cual fue incorporado por decreto supremo Nº19, del 2015, de la misma Secretaría de Estado, y publicado en el Diario Oficial con fecha 20 de agosto de 2015.

    Decreto:

    Artículo 1º Declárense como Normas Oficiales de la República de Chile, a las siguientes normas chilenas con su respectivo código y título de identificación:

    NCh 431-2010      Diseño estructural - Cargas de nieve.

    NCh 1326-2012    Áridos para morteros y hormigones - Determinación de
                      huecos.


    Artículo 2º Deróganse las Normas que a continuación se señalan, las que han sido reemplazadas por las que se incluyen en el artículo 1º de este decreto:

    NCh 431. Of77    Construcción - Sobrecargas de nieve, declarada Norma Oficial
                      de la República por decreto Nº 1.669, de fecha 15 de noviembre
                      de 1977, del Ministerio de Obras Públicas, publicado en el
                      Diario Oficial el 14 de diciembre de 1977.

    NCh 1326. Of76 (*)  Áridos para morteros y hormigones. Determinación de
                      huecos, declarada Norma Oficial de la República por decreto
                      Nº 313, de fecha 11 de marzo de 1977, del Ministerio de
                      Obras Públicas, publicado en el Diario Oficial el 12 de
                      abril de 1977.
                         
        (*) La Norma: NCh 1326. Of76,  es conocida también por su año de publicación como, NCh 1326 Of 77.


    Artículo 3º El texto íntegro de las normas oficializadas por este acto será publicado en documentos oficiales del Instituto Nacional de Normalización señalándose las respectivas normas que son derogadas.


    Artículo 4º El presente decreto se publicará en el Diario Oficial. Las normas identificadas y oficializadas en él, tendrán vigencia a partir de la fecha de su publicación.

    Artículo 5º El Instituto Nacional de Normalización deberá proporcionar gratuitamente tres ejemplares de las normas precitadas al Ministerio que las declara como Normas Chilenas Oficiales de la República, e igual número a la Biblioteca Nacional.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Alberto Undurraga Vicuña, Ministro de Obras Públicas. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Sergio Galilea Ocon, Subsecretario de Obras Públicas.