Artículo 127.- Las instalaciones de almacenamiento de líquidos a granel deberán realizar las pruebas que se indican más adelante, según corresponda, dependiendo de la materialidad de los estanques, las que deben ser llevadas a cabo por una empresa acreditada en el sistema nacional de acreditación del Instituto Nacional de Normalización, INN. Para proyectos nuevos estas pruebas deberán realizarse previo a su uso:
    . Inspección radiográfica de uniones soldadas.
    . Inspección visual.
    . Control dimensional.
    . Control de espesores.
    . Prueba de hermeticidad.
    . Inspección de revestimientos, su porosidad y espacios intersticiales.
    Cuando no pueda darse trazabilidad a las pruebas realizadas en el tiempo en un estanque, se dejará sin efecto su autorización para almacenamiento de sustancias peligrosas.