Artículo 165.- Los estanques de sustancias peligrosas deben llevar una placa que indique al menos:
    . Normas bajo la cual fue construido el estanque
    . Fabricante y Año de fabricación
    . Diámetro nominal y altura en m
    . Capacidad nominal en m3.de agua
    . Presión de diseño, para estanques presurizados.