1.- Modifícase la resolución exenta Nº 4.111, del 30 de octubre de 2015, que resuelve presentaciones de la empresa Nutrapharm S.A. en contra de las resoluciones exentas Nº 1.251, del 17 de abril de 2015, y Nº 1.280, del 21 de abril de 2015, de la Jefa del Subdepto. Registro y Autorizaciones Sanitarias del Depto. Agencia Nacional de Medicamentos, que determinan el régimen de control a aplicar a los productos V-Plano Men Cápsulas y V-Plano Blocker Bebida, respectivamente, en los siguientes aspectos:
a) Modifíquese el orden de las menciones realizadas en el considerando primero del acto administrativo precitado, quedando en adelante de la siguiente manera: "a aplicar en las resoluciones exentas Nº 1.280, del 21 de abril de 2015 y Nº 1.251, del 17 de abril de 2015, respectivamente".
b) Sustitúyase la mención realizada en el considerando segundo a la resolución exenta Nº 1.251 por "Nº 1.280".
c) Modifíquese el orden de las menciones realizadas en el considerando cuarto, quedando en adelante de la siguiente manera: "en contra de las resoluciones exentas Nº 1.280, del 21 de abril de 2015 y Nº 1.251, del 17 de abril de 2015".
d) Reemplácese la mención "la resolución exenta Nº 1.280, del 21 de abril de 2015" en los números uno y dos de la parte resolutiva por "la resolución exenta Nº 1.251, del 17 de abril de 2015".
2.- Déjase sin efecto la resolución exenta Nº 1.280, del 21 de abril de 2015, que determina el régimen de control a aplicar del producto V-Plano Blocker Bebida, conforme lo informado por el Depto. Agencia Nacional de Medicamentos y lo dispuesto en el artículo 61 de la ley Nº 19.880.
3.- Recházase la solicitud de invalidación de las resoluciones exentas Nº 4.111 y Nº 1.280, del año 2015, interpuesta con fecha 27 de noviembre de 2015 por don Gerardo Sánchez Herrera, en representación de Nutrapharm S.A. por las razones indicadas en los considerandos cuarto y sexto de esta resolución.
4.- Agréguese por el Departamento Agencia Nacional de Medicamentos copia autorizada de la presente resolución al expediente de la determinación de régimen de control a aplicar de los productos V-Plano Blocker bebida y V-Plano Men cápsulas, respectivamente.
5.- Notifíquese la presente resolución a don Álvaro Villa Vicent y doña Daniela Montebruno Gibert, abogados de la empresa Nutrapharm S.A., al domicilio señalado en sus presentaciones correspondiente a Huérfanos Nº 835 oficina 1203, comuna de Santiago, de esta ciudad, sea personalmente por un funcionario del Instituto de Salud Pública de Chile o por carta certificada, en cuyo caso se entenderá notificada al tercer día hábil siguiente contado desde la recepción de la carta certificada por la Oficina de Correos que corresponda.
6.- Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad a lo establecido en la resolución exenta Nº 4.023, de este Instituto.