Artículo único.- Agréguese a la resolución N° 11, de 2016, de esta Contraloría General, que Somete al Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado, SIAPER, los actos administrativos relativos a personal, el siguiente artículo transitorio:
Artículo transitorio.- Sin perjuicio de lo indicado en el artículo 13 permanente, los Servicios de Salud; el Centro de Referencia de Salud de Peñalolén Cordillera Oriente; el Centro de Referencia de Salud Maipú; el Hospital Padre Alberto Hurtado; las Universidades; las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública y Gendarmería de Chile, continuarán rigiéndose por lo señalado en las resoluciones Nos 908, de 2011; 245, de 2012; 224 y 444, de 2013, y N° 15, de 2015, todas de esta Entidad Fiscalizadora, en lo que dice relación con el registro electrónico de los siguientes actos administrativos:
1. Suplencias dispuestas con personal del mismo Servicio, salvo que se refieran a cargos de exclusiva confianza.
2. Designaciones a contrata dispuestas por períodos inferiores a quince días.
3. Prórrogas de designaciones a contrata.
4. Contratos a honorarios de personas naturales:
a) Que se paguen por mensualidades, por un monto mensual igual o inferior a 75 unidades tributarias mensuales.
b) A suma alzada o cualquier otra modalidad de pago, cuyo monto total sea igual o inferior a 150 unidades tributarias mensuales.
5. Renovaciones de contratos a honorarios asimilados a grado, dispuestos en iguales condiciones.