ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN PARA EL CARGO DE DIRECTOR NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS Y ALCOHOL Y DEJA SIN EFECTO DECRETO Nº 2.507 EXENTO, DE 2015

    Núm. 633 exento.- Santiago, 14 de marzo de 2016.

    Vistos:

    Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; en el DS Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en los artículos 79 y 80, del DFL 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834; en la Ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol; en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el DFL Nº 2-20.502 de 2011; en el decreto supremo Nº 592, de 11 de mayo de 2015; en el decreto exento Nº 2.507, de 6 de julio de 2015, ambos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y en la resolución Nº 1.600, de 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; y

    Considerando:

a)  Que, de acuerdo a la normativa, en los casos de subrogación asumirá las respectivas funciones, por el solo ministerio de la ley, el funcionario de la misma unidad que siga en el orden jerárquico, que reúna los requisitos para el desempeño del cargo.
b)  Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 81, letra a) del DFL 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, la autoridad facultada para efectuar el nombramiento podrá determinar otro orden de subrogación en los cargos de exclusiva confianza.
c)  Que, mediante decreto exento Nº 2.507, de 6 de julio de 2015, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se modificó el orden de subrogación para el cargo de Director Nacional del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
d)  Que, por razones de buen servicio, se ha estimado pertinente establecer un nuevo orden de subrogación para el cargo de Director Nacional del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
e)  Que, el Presidente de la República, mediante el DS Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, delegó en los Ministros de Estado la facultad de suscribir, bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", los decretos supremos relativos a, entre otras materias, la modificación del orden de subrogación en los cargos de exclusiva confianza.
f)  Que, en mérito de lo expuesto, vengo en dictar el correspondiente acto administrativo,

    Decreto:

    Artículo primero: Establécese el siguiente orden de subrogación para el cargo de Director Nacional del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, en caso de ausencia o impedimento de su titular:

    (a) Primer Subrogante: Doña María Jimena Kalawski Isla, RUT Nº 10.632.491-3, Jefa de División - Función Programática, grado 3° EUS de la planta directiva, del segundo nivel jerárquico.
    (b) Segundo Subrogante: Doña María Josefina Pérez Cruz, RUT Nº 10.380.316-0, Jefa de División - Función Territorial, grado 3° EUS de la planta directiva, del segundo nivel jerárquico.
    (c) Tercer Subrogante: Don Antonio Leiva Rabael, RUT Nº 13.096.398-6, Jefe de División - Función Jurídica, grado 3° EUS de la planta directiva, del segundo nivel jerárquico.



    Anótese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Jorge Burgos Varela, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Subsecretario del Interior.