La presente Ley se encuentra orientada a fortalecer y transparentar, a través de una serie de reformas, nuestro sistema democrático. En este contexto, se establece una nueva normativa en materia de financiamiento electoral y aportes a las actividades propias de los partidos políticos, normas para regular el desarrollo de campañas electorales, fortalecimiento del SERVEL, en cuanto a sus funciones, fiscalización y estructura, entre otras.
    Artículo tercero.- Facúltase al Presidente de la República para que, en el plazo de un año contado desde la fecha de publicación de esta ley, establezca, mediante un decreto con fuerza de ley, el texto refundido, coordinado y sistematizado de las leyes Nºs. 19.884, sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral; 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios; 18.603, orgánica constitucional de los Partidos Políticos; 18.556, orgánica constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral; 18.583, orgánica constitucional que Fija Planta del Servicio Electoral y modifica ley Nº18.556, y 20.640, que establece el Sistema de Elecciones Primarias para la Nominación de Candidatos a Presidente de la República, Parlamentarios y Alcaldes.