La presente Ley se encuentra orientada a fortalecer y transparentar, a través de una serie de reformas, nuestro sistema democrático. En este contexto, se establece una nueva normativa en materia de financiamiento electoral y aportes a las actividades propias de los partidos políticos, normas para regular el desarrollo de campañas electorales, fortalecimiento del SERVEL, en cuanto a sus funciones, fiscalización y estructura, entre otras.

    Artículo sexto.- Quien se encuentre desempeñando el cargo de Subdirector del Servicio Electoral en calidad de titular a la época de entrada en vigencia de la presente ley asumirá el cargo de Subdirector de la Subdirección de Registro, Inscripciones y Acto Electoral.