Artículo segundo.- Una vez efectuado el proceso de encasillamiento, los cargos señalados a continuación contemplados en la planta fijada en el artículo 1° del presente decreto con fuerza de ley, serán provistos mediante el proceso establecido en el artículo tercero transitorio de la ley N° 20.853, de acuerdo al siguiente cronograma:
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    Además, a partir del año 2017 se proveerán de conformidad a lo dispuesto en este artículo los restantes cargos de la planta de fiscalizadores grado 14° señalados en el inciso segundo del artículo anterior.

    El encasillamiento en los cargos señalados en el presente artículo entrará en vigencia a contar del día primero del mes siguiente al de la total tramitación del acto administrativo que lo disponga.